viernes, 13 de noviembre de 2015

Normas de seguridad en edificios de altura residenciales

Estimados lectores:

El día de hoy les presentare algunos de los sistemas de seguridad que se deben tener presente en los edificios residenciales de altura.

Los sistemas de seguridad son la clave para proteger nuestra comunidad, el éxito de las medidas preventivas dependerá de todos los residentes, siendo ellos los divulgadores de la importancia de cumplir con las normas de seguridad.

A continuación algunas recomendaciones de seguridad:

  • Ley 19.537 Titulo III Art. 36 (Ley de copropiedad inmobiliaria)
Todo condominio deberá contar con un plan de emergencias ante siniestros, incendios, terremotos y semejantes que incluyan medidas para tomar antes, durante y después del siniestro. La confección de este plan sera responsabilidad del Administrador del edificio en conjunto con un Experto en Prevención de Riesgos.
  • Decreto Supremo 594 Titulo III Art. 45 (Extintores)
Todo lugar donde exista riesgo de incendio ya sea por estructura del edificio o por naturaleza del trabajo debe contar con extintores de incendio del tipo adecuado a los materiales combustibles o inflamables que en él existan.
El numero mínimo de extintores se determinara dividiendo la superficie a proteger por la superficie de cubrimiento máxima del extintor, según la siguiente tabla:





Junto a estos extintores se ubicaran las señalizaciones que indican posición de extintor según Norma Chilena 1433/78

Todo edificio debe contar con:
  • Red Seca:
Se exige que en todo edificio que cuente con mas de 5 pisos debe tener una red seca para conexión directa de Bomberos según Ordenanza General de Urbanismo y Construcción.
  • Red Húmeda:
Todo inmueble destinado a reunión de personas, es decir, edificios de 3 pisos y mas deben contar con red húmeda según Ordenanza General de Urbanismo y Construcción y Reglamento de Instalaciones Sanitarias.
  • Red Inerte de Electricidad:
En todo edificio de 5 pisos y mas tendrá red inerte según Norma Chilena Eléctrica 4/2003
  • Sistemas de Detección y Alarma:
Todo edificio con mas de 5 pisos cuya carga ocupacional sea superior a 200 personas tendrá un sistema automático que permita detectar cualquier principio de incendio o sistemas de alarma que alerte de manera progresiva a los usuarios según Ordenanza General de Urbanismo y Construcción.
  • Zona Vertical de Seguridad:
En edificios de 7 o mas pisos se encontraran cajas escalas cerradas con ventilación natural o artificial (Presurizacion)
  • En edificios que cuenten con piscina esta deberá tener un reglamento que indique como mínimo:
  • Horario de funcionamiento
  • Responsabilidades
  • Buen uso del recinto de la piscina
  • Limitaciones, restricciones y prohibiciones
Pues bien, espero que estas sugerencias sirvan para poder proteger la vida de sus familias, sin embargo recuerde que la prevención siempre empieza en casa, y esta es solo una guía a considerar.

Aquí les dejo un vídeo instructivo para entender mejor lo que es un Plan de Emergencia y Evacuación



































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